Crean una píldora que sustituye al ejercicio físico y convierte la grasa mala en buena

El deporte es saludable, pero también cansado y requiere ciertos sacrificios. Científicos de EEUU han descubierto una hormona capaz de enviar un «mensaje» para que el cuerpo aumente la quema de calorías y controle los niveles de glucosa en sangre. De esta manera, se puede transformar la grasa blanca o ‘mala’ en parda o ‘buena’ al igual que hace el ejercicio. Esta hormona milagrosa ya tiene nombre. Se llama L ‘irisina’ y puede ser utilizada en tratamientos contra la obesidad, la diabetes y el cáncer. Se produce de forma natural tanto en ratones como en seres humanos y funciona encendiendo un gen llamado PGC1-alpha, que convierte la grasa mala en buena. Su descubridor, Bruce Spiegelman, director del equipo investigador, cree que el descubrimiento ayudará para comprender los mecanismos biológicos que transforman el ejercicio físico en cambios beneficiosos para el cuerpo, tanto para mantenerse en forma como para prevenir o tratar enfermedades.

En este programa de ABC Radio Rubén Bravo del Instituto Médico Europeo de la Obesidad (IMEO) comenta esta noticia esperanzador sobre todo para las personas que sufren de obesidad y los diabéticos. «Obviamente, esta píldora no nos aportará todos los efectos beneficios que nos aporta el ejercicio físico, como el tono muscular o la actividad cardiovascular», recalca el especialista.

Para escuchar el programa Queremos hablar con Javier Silvestre de Punto Radio en el que se trata este tema, pulsa PLAY.

Asientos para personas con obesidad

Instalar asientos especiales para personas obesas en todos los organismo públicos o privados que presten servicio a la comunidad, es una ordenanza que fue sancionada hace poco en la Provincia de Catamarca en Argentina

Esta medida alcanza a restaurantes, confiterías, bares, pubs, salas de espera y de espectáculos públicos: cines, teatros y demás organismos, sean públicos o privados, que presten servicios a la comunidad.

Los locales referidos deberán contar con un mínimo de asientos especiales dentro del total de su capacidad, que sean de mayor tamaño que el resto de los bancos o localidades disponibles.

También se prohíbe que los teatros y cines impongan sobreprecios para contar con localidades especiales.

La iniciativa surgió con la finalidad de “contar con sillas o asientos especiales destinados a personas obesas”, según se explicó en el expediente.

Además se indicó que “es conveniente que existan estas comodidades y que no discrimine a nadie; lo que constituye un avance en materia de inclusión social para todas aquellas personas que desean participar en actividades públicas, sociales y culturales, pero que por razones de sus padecimientos no cuentan con los medios estructurales para hacerlo”.

Establecimientos privados

Todos los establecimientos privados con acceso al público, cualquiera fuere su actividad: comercial, de servicios, de asistencia; inclusive médica sanitaria, de esparcimiento y/o recreación a la que se dediquen y que funcionen dentro del ámbito municipal, deberán contar con asientos especiales destinados a personas obesas.

En caso de incumplimiento se procederá a imponer sanciones de multa o clausura temporal. El organismo o establecimiento infractor que prestare servicios a la comunidad y no cumpliere con las disposiciones relativas a la adecuación de un número o porcentaje de sus asientos disponibles para personas que padezcan obesidad, será sancionado con multa de cincuenta (50) a quinientas (500) UM (unidad de multa); y en caso de reincidencia, clausura temporal de 10 días del establecimiento donde se desarrolle la actividad.

Los fondos recaudados en concepto de multas aplicadas serán destinados al Programa Municipal de Lucha contra la Obesidad, creado por ordenanza Nº 4712/09.

Otras disposiciones

Los establecimientos que posean hasta 20 asientos deberán contar, al menos, con uno de ellos con las características dispuestas en la presente ordenanza. Los que cuenten con más de 20 asientos deberán contemplar, al menos, el 5% de los mismos.

Con el fin de evitar situaciones de discriminación, estos asientos, además de las dimensiones requeridas, deberán conservar las mismas características de construcción del tipo de asientos o similares a los que hayan en el local, con los refuerzos estructurales necesarios para contener mayores pesos.

La normativa prescripta entrará en vigencia dentro de los 180 días contados desde su promulgación.
Fuente: http://www.noapress.com.ar/notas_noa.php?id_nota=24610